Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2007-R
Fecha: 20-Ago-2007
b)
b) Las autoridades recurridas no se han pronunciado adecuadamente sobre las presuntas vulneraciones a los derechos y principios que rigen el procedimiento, por el contrario, como consecuencia de esa denuncia se ha ordenando la aprehensión de la representada del recurrente, por lo que al no existir otro medio legal a la que podía acudir se activa el ámbito del recurso del hábeas corpus.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.