Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2007-R
Fecha: 20-Ago-2007
d)
d) La denuncia versó sobre la presunta comisión de un ilícito ocurrido el 2003, habiéndose informado a la recurrente que está siendo investigada por el delito de tráfico de personas previsto y sancionado por el art. 281 bis del Código Penal, sin tener en cuenta que ese tipo penal fue puesto en vigencia a través de la Ley 3325 de 18 de enero de 2006; es decir, que en la fecha de su presunta comisión no estaba en vigencia.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.