SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0758/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
III.3.
III.3. De los antecedentes que informan el recurso de amparo constitucional se evidencia que el recurrente, como personero y representante de la Cooperativa Agropecuaria San Miguel Ltda., demandó en la vía contenciosa administrativa la nulidad del RS 223105 y todo el procedimiento de saneamiento simple iniciado por Lucio Villazón Gonzáles, Alcalde Municipal de Tiquipaya; demanda en la que se lo tuvo por apersonado a él en nombre propio, en representación de sus conferentes -de los que acompañó poder en su demanda- y de la Cooperativa -cumplido que fue lo determinado por el Tribunal Agrario Nacional por decreto de 12 de julio de 2005- (fs. 36), habiéndose sustanciado el proceso y proferido el fallo declarándose improbada la demanda y subsistente la RS 223105 impugnada. Fallo en el que se estableció como finalidad el de verificar la legalidad de los actos que realiza el Estado, o sea, en dicho caso, del Presidente de la República y del Ministro de Desarrollo Sostenible que emitió la Resolución correspondiente y que a través del INRA ejecuta el proceso de saneamiento, propósito y finalidad conducente con el control de legalidad sobre los actos de la administración pública previstos por las normas aplicables al caso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- la inexistencia de discusión o controversia sobre los mismos para legitimar su denuncia en esta jurisdicción
- APROBAR