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    AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2010-RCA

    Fecha: 10-May-2008

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de 29 de agosto de 2007, cursante a fs. 61 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, con el aditamento que la IMPROCEDENCIA es IN LÍMINE.

    • Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba,
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedente
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.
    • 1.
    • II.2.
    • 1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto, porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
    • II.3. Análisis del caso
    • no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
    • II.4.
    • APROBAR

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