SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1157/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1157/2010-R

Fecha: 27-Ago-2008

h)

h) La orden instruida es un instrumento reconocido por el Código de Procedimiento Penal, para la comunicación entre autoridades de la misma jerarquía, por lo que la solicitud no es ilegal y menos puede ser ilegal la salida autorizada por ese medio, toda vez que el Ministerio Público, no requirió la salida, sino solicitó traslado para que el imputado se presente a la audiencia, es evidente que la audiencia podía llevarse a cabo en Oruro, si el imputado hubiera estado impedido, pero no es así, por lo que el recurso debe ser declarado improcedente.