SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2010

Fecha: 04-Oct-2010

III.3. Antecedentes de la Denuncia 056/2005 de 30 de septiembre de 2005

Así, por memorial de 11 de octubre de 2005 (fs. 262 a 265), presentando por Henrry Mendieta Alanis, Intendente Especial de Liquidación del Banco Sur S.A., en liquidación, en mérito a Testimonio de Poder 84/2004 de 29 de marzo, otorgado por Luís Fernando Calvo Unzueta, Superintendente de Bancos y Entidades Financieras, en su condición de síndico liquidador y substituto procesal del Banco Sur S.A. en liquidación, presenta ante la Superintendencia Agraria, denuncia contra el INRA, por supuesto fraude en el proceso de saneamiento del predio “San Roque”, “Quitahuani” y “Coraje”, en relación al predio “San Juan”, ubicados en el cantón Yaguarú de la segunda sección de la provincia Guarayos del departamento de Santa Cruz, acompañando al efecto prueba.

El denunciante, señala que el 15 de julio de 1994, el Banco Sur S.A., en liquidación, concedió una línea de crédito a Carlos Eduardo Rojas Amelunge, por la suma de $us610 000.-(seiscientos diez mil dólares estadounidenses), con garantía hipotecaria sobre los predios “San Roque”, “Quitahuani” y “El Coraje”, ubicados en el cantón Yaguarú de la segunda sección de la provincia Guarayos del departamento de Santa Cruz, y que debido a la falta de pago, mediante un proceso ejecutivo, se adjudicó judicialmente dichos predios que fueron inscritos en DD.RR., apersonándose ante la Dirección Departamental del INRA en Santa Cruz, donde no aceptaron su apersonamiento, negándole la extensión de fotocopias, teniendo solo acceso físico a las carpetas, donde verificó que en los documentos del predio “San Juan”, existen adulteraciones que reemplazan el nombre del predio “San Roque” por el de “San Juan”, haciendo aparecer al primero, que inicialmente tenía “37000000” ha con solo “1401361” ha., aproximadamente; al segundo, ficticiamente con “33757735” ha., burlando así a la entidad crediticia en liquidación con la colaboración de funcionarios del INRA, no pudiendo así, recuperar el crédito otorgado.

De esta forma, mediante Informe Legal 167/2006 de 10 de octubre, dirigido al Superintendente Agrario a.i.  (fs. 116 a 127), se sugiere declarar probada la denuncia interpuesta por el Intendente Especial de Liquidación del Banco Sur S.A., en liquidación, contra el INRA, por irregularidades en el proceso de saneamiento del predio “San Roque” o “San Juan”; asimismo, recomienda al INRA que en la revisión del proceso de saneamiento se observe el procedimiento establecido ante la existencia de vicios de nulidad en dicho proceso, readecuando su conducta al cumplimiento de la normativa agraria vigente.

Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2005, el representante legal del recurrente, interpone recurso jerárquico contra la Resolución 116-2007, misma que confirma la Resolución 15-2006, que declara probada la denuncia interpuesta por el Intendente Especial de Liquidación del Banco Sur S.A. (fs. 357 a 361).