SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2010-R
Fecha: 01-Oct-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Con estos antecedentes, la recurrente presenta recurso de amparo constitucional contra Walter Ortega Mollo, Sixto Ortega Rojas, Felipa Espinoza Muñoz, Domingo Ortega Cruz, Concejales del municipio de Waldo Ballivian del departamento de La Paz; solicitando se declare procedente, concediéndole el recurso y ordene expresamente que: 1) Se le restituya al cargo de Concejal Municipal del municipio Waldo Ballivián; 2) Anular la Resolución 017/2007 de 30 de julio; 3) Ordenar que toda sesión debe efectuarse con la convocatoria a su persona y los Concejales en ejercicio, y la cancelación de sus dietas correspondiente al mes de agosto; 4) Determinar la existencia de responsabilidad en el monto de Bs3,000.- ( tres mil bolivianos) por cada uno de los Concejales recurridos, toda vez que se efectuó ese gasto para interponer el presente recurso; y, 5) Establecer indicios de responsabilidad penal, ordenando que se remitan obrados al Ministerio Público para el procesamiento de los recurridos.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR