Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2010-R
Fecha: 01-Oct-2010
II.4.
II.4. El 26 de octubre del 2007, se notifica a la recurrente con la convocatoria a sesión ordinaria del 29 de octubre, debido a que ya había concluido el permiso otorgado por el Concejo Municipal. (fs. 38 y vta); el 1 de noviembre, se la citó a la sesión ordinaria de 5 del mismo mes y año, haciendo constar que la recurrente no se presentó a la asamblea ordinaria del 29 de octubre, a pesar de haber sido citada en su domicilio (fs. 39); el 10 de noviembre, se convoca a la recurrente a la sesión ordinaria a realizarse el día 12 del citado mes y año.(fs. 40)
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR