SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1449/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado 15 de noviembre de 2007, cursante de fs. 137 a 145 vta., subsanado el 22 del mismo mes y año, el recurrente en representación de sus mandantes manifiesta que mediante memorando 764/2007 de 20 de agosto, se ha dispuesto en forma arbitraria e ilegal la suspensión de la asignación del beneficio colateral del bono a partir del mes de agosto de 2007, en perjuicio de sus mandantes y en franca contravención del art. 75 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN), por lo que solicitó al Comandante General de la Policía Nacional el 21 de septiembre de ese año, se restituya ese derecho adquirido a favor de sus mandantes; sin embargo, dicha autoridad por nota de 12 de octubre de 2007, les hizo conocer la desestimación de la misma por razones de índole administrativa, sin señalar el fundamento constitucional y legal de su decisión; ante la reiteración de su solicitud de restitución, el 18 del indicado mes y año, ante el Director Nacional Administrativo de la Policía Nacional, recibió como respuesta la nota Stria. Of. 2281/2007 de 8 de noviembre de 2007, adjuntando los informes técnico-legales. El 25 de octubre de 2007 solicitó ante dicha autoridad esos informes técnico legales, constatándose de los mismos que el Asesor Legal del Comando General de la Policía Nacional, luego de realizar una valoración legal concluye y sugiere se proceda a la restitución del pago del “bono al cargo”, a favor del personal jerárquico que se encuentra destinado a la situación disponibilidad “C” de reserva activa, informe legal de 4 de octubre de 2007, corroborado por el informe técnico emitido por el Jefe de División Presupuesto del Comando General de la Policía Nacional, indicando que el “bono al cargo” de generales y coroneles que se encuentra en la situación de disponibilidad letra “C” reserva activa, es asignado en cumplimiento al art. 75 de la LOPN.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3. Marco normativo
- III.4. Del caso en análisis
- APROBAR