SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra María del Carmen Ponce de Rocha, Presidenta de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; Marlene Pino de Terán, Presidenta de la Sala Penal Primera; Silvia Isabel Vega Méndez y Javier Rodrigo Céliz Ortuño, Jueces Octavo y Noveno de Partido en lo Civil y Comercial, respectivamente, todos del mismo Distrito Judicial; y Mirtha Romero Cossio, Notaria de Fe Pública 19 de Cochabamba; solicitando se conceda la tutela y se disponga la nulidad de las Resoluciones impugnadas ordenando que la Sala Civil Segunda dicte nuevo auto de vista anulando el proceso hasta que se cite al garante hipotecario con gravamen registrado en Derechos Reales (DD.RR.) o anulando el remate de 26 de febrero de 2002.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR