Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.4.
II.4. El 1 de marzo de 2002, Jerry Pinto Claros, Juan Roberto Pinto Castro y Francisca Claros de Pinto, solicitaron nulidad del remate (fs. 5 a 7 vta.); previa respuesta por Auto de 9 de julio de 2002, la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial, determinó que no procede la nulidad de la subasta conforme dispone el art. 44.III de la LAPCAF (fs. 31 a 40).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR