SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.4.
II.4. Por nota de 29 de agosto de 2003, elaborada por el Gerente General de SEMAPA, respondiendo al representante del Defensor del Pueblo, señalando que la Jefe de Atención al Cliente en cumplimiento de los Reglamentos de la Empresa y los Convenios suscritos con las diferentes OTBs, instruyó la suscripción del contrato con los costos reales de $us210.- para el servicio de agua, no pudiéndose darle el mismo tratamiento que al resto de los miembros de la OTB “Eucaliptos”, es decir, el cobro de $us15.-, implicando que cada uno de los integrantes de la OTB deba realizar sus aportes de contraparte no siendo esto posible que quien no realiza sus aportes tenga el mismo derecho, además que esta instalación cuenta con la total oposición de los miembros de la OTB hasta que el recurrente no regularice sus aportes (fs. 16).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- derecho a la vida
- derecho a la salud
- derecho al agua
- 0156/2010-R
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR