SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifiesta sentirse vulnerado en sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la vida, a la salud, a la dignidad y a la igualdad toda vez que en su calidad de abogado patrocinó a la OTB “Eucaliptos” de la cual es miembro; empero, una vez que solicitó que se le cancelen sus honorarios profesionales, estos fueron negados por el recurrido, ahora demandado como Presidente de esta organización, ante este hecho y a manera de coacción dejó de pagar el suministro privado de agua potable que otorgaba la OTB,  por lo que aprovechando la ausencia del accionante, el demandado procedió a retirar la conexión de agua de su domicilio. Posteriormente, cuando se realizó un convenio con SEMAPA para que se haga cargo de la red de agua potable y alcantarillado, el Gerente (codemandado), de esta institución se negó a que el accionante suscriba el contrato, por cuanto habría recibido una lista donde su nombre figuraba como deudor, sin tomar en cuenta que el problema suscitado entre la OTB y su persona se trataría de un problema particular donde nada tiene que ver SEMAPA. Corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o de negar la tutela solicitada.