Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.7.
II.7. Cursa nota de 12 de septiembre de 2005, realizada por Ricardo Ayala, Gerente General a.i, de SEMAPA, en respuesta a la solicitud del recurrente de firmar contrato con SEMAPA en base al convenio de autoayuda con su OTB, se le informó que debería realizar el contrato de agua potable con el monto regular correspondiente debido a que el convenio firmado con la empresa data de hace mucho tiempo (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- derecho a la vida
- derecho a la salud
- derecho al agua
- 0156/2010-R
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR