SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

II.5.

II.5. Mediante oficio 037/07 de 30 de noviembre de 2007, el Comité Nacional Electoral de MUSEPOL, notifica al recurrente con las Resoluciones 07/07 y 08/07, en las que admiten la impugnación efectuada contra el recurrente y otras personas (fs. 86 a 91). El recurrente, por memorial de 10 de diciembre impugna observación a su postulación (fs. 98). Asimismo, por nota de 3 de diciembre de 2007, expresa argumentos de defensa contra las Resoluciones 07/07, 08/07 y 09/07 arguyendo que no se lo puede inhabilitar por causales previstas en los arts. 40 y 80 del Estatuto Orgánico, toda vez que dichos artículos provienen de una norma que debe regir en lo venidero, es decir, para posteriores elecciones (fs. 99). Por oficio 077/07 de 12 de diciembre de 2007, el Comité Nacional Electoral de MUSEPOL, notifica al recurrente con la Resolución 011/07, en la que se resuelve inhabilitarlo para los actos plebiscitarios a realizarse el 14 de enero de 2008 (fs. 94 a 97).