SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

"se resuelve inhabilitarlo"

De lo expuesto, una vez que el Comité Nacional Electoral de la MUSEPOL, notificó al accionante la Resolución 11/07, en la que "se resuelve inhabilitarlo" para los actos plebiscitarios a realizarse (fs. 94 a 97), el recurrente no impugnó dicha Resolución que si es firme y atiende el fondo del asunto, es decir con la prohibición de participación del demandante como candidato al Directorio de MUSEPOL. Y toda vez que, como ya se mencionó anteriormente, el accionante debió haber "impugnado" dicha Resolución de conformidad al art. 3.II del Reglamento Electoral de la Mutual de Seguros del Policía, y al no haberlo hecho, evita que este Tribunal Constitucional pueda manifestarse al respecto pues el presente caso, se encuentra inmerso en las subreglas 1. a) y b) de la SC 1337/2003-R de 15 de septiembre, es decir, porque se evidencia que el accionante en su oportunidad y en plazo legal no planteó el recurso o medio de impugnación pertinente y porque no se utilizó el medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico.