SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

II.3.

II.3.  Mediante Auto de 26 de febrero de 2003, el Juez de la causa considerando a las excepciones planteadas de puro derecho las declaró improbadas, con el fundamento que la excepción de incompetencia fue planteada sin claridad, ni precisión y en aplicación del art. 134.I de la Ley de Organización Judicial abrogada(LOJ abrg) tiene competencia para conocer la causa; y respecto de las excepciones de inhabilidad y falta de fuerza coactiva del título, señaló que de conformidad del art. 48 de la LAPCAF, el título coactivo reúne los requisitos, pues se acreditó la existencia de la obligación de pago de suma líquida y exigible, además, que el deudor renunció al proceso ejecutivo y se cuenta con la papeleta de desembolso (fs. 44 y vta.).