SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

II.4.

II.4. La recurrente interpuso recurso de apelación, solicitando se anulen obrados hasta el vicio más antiguo o se revoque la Resolución de “fs. 44 y vta.” (26 de febrero de 2003) y deliberando en el fondo se declaren probadas las excepciones planteadas (fs. 48 a 51 vta.). Mediante Auto 291/2004 de 22 de mayo, la Sala Civil Primera de la Corte Superior, confirmó el Auto de 26 de febrero de 2003, señalando que la Resolución impugnada se pronunció dentro del plazo, que la excepción de incompetencia planteada constituye una excepción de impersonería, y respecto de la excepción de inhabilidad y falta de fuerza coactiva del título, al tenor del art. 48 de la LAPCAF, se demostró la existencia de la obligación líquida y exigible, respaldada por el crédito hipotecario inscrito y que el deudor voluntariamente renunció al proceso ejecutivo, finalmente se tiene el desembolso (fs. 89 a 90).