SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.1.
II.1. Cursa en antecedentes, un contrato de prestación de servicios a plazo fijo suscrito el 20 de marzo de 2007, por Freddy Camacho Villarroel, ahora recurrente, y Marco Antonio Jordán Mendoza en calidad de Director General Ejecutivo del SENASAG, estableciendo en su cláusula sexta, en cuanto a la vigencia de la relación contractual que el mismo tiene una duración de ochenta y ocho días computables a partir del 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2007, quedando el contrato automáticamente concluido.
Por su parte, la cláusula novena señala que: “el presente, es un contrato administrativo de servicios y se rige por la Ley 1178 (…), Ley de Procedimiento Administrativo (…), Estatuto del Funcionario Público, Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal y la Ley del Presupuesto General de la Nación gestión 2007” (fs. 20 a 21).
II.1. Cursa en antecedentes, un contrato de prestación de servicios a plazo fijo suscrito el 20 de marzo de 2007, por Freddy Camacho Villarroel, ahora recurrente, y Marco Antonio Jordán Mendoza en calidad de Director General Ejecutivo del SENASAG, estableciendo en su cláusula sexta, en cuanto a la vigencia de la relación contractual que el mismo tiene una duración de ochenta y ocho días computables a partir del 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2007, quedando el contrato automáticamente concluido.
Por su parte, la cláusula novena señala que: “el presente, es un contrato administrativo de servicios y se rige por la Ley 1178 (…), Ley de Procedimiento Administrativo (…), Estatuto del Funcionario Público, Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal y la Ley del Presupuesto General de la Nación gestión 2007” (fs. 20 a 21).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. De los servidores públicos en el presente caso
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del presente caso
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23