SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.2.
II.2. Cursa de fs. 47 a 48, un contrato a plazo fijo suscrito el 2 de julio de 2007, estableciendo en cuanto a su vigencia que: “(…) el presente contrato de prestación de servicios tendrá una duración desde la fecha de suscripción hasta el 30 de septiembre de 2007; sin embargo de existir un incremento adicional a la partida presupuestaria, la vigencia será prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2007 (…)” (sic).
II.2. Cursa de fs. 47 a 48, un contrato a plazo fijo suscrito el 2 de julio de 2007, estableciendo en cuanto a su vigencia que: “(…) el presente contrato de prestación de servicios tendrá una duración desde la fecha de suscripción hasta el 30 de septiembre de 2007; sin embargo de existir un incremento adicional a la partida presupuestaria, la vigencia será prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2007 (…)” (sic).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. De los servidores públicos en el presente caso
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del presente caso
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23