Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
Fragmento 20
Como consta de la documentación aparejada, el accionante, dentro de una investigación penal en su contra por supuesto contrabando, solicitó en varias oportunidades al Fiscal de Materia asignado a la Aduana Nacional Regional Oruro, disponga la devolución de su vehículo marca Volvo F12, 'color naranja', con placa de control 1252-HIC. Así, la autoridad fiscal emitió al efecto varios requerimientos a través de los cuales conminó al Gerente Regional de la Aduana Nacional de Oruro para que ordene a quien corresponda la devolución del referido vehículo; empero, la administración aduanera omitió el cumplimiento a dichos requerimientos fiscales.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- el recurrente debió acudir ante la autoridad que emitió el requerimiento cuyo incumplimiento denuncia, exigiendo que la autoridad aduanera hoy recurrida proceda a su ejecución
- no le está fijada la atribución de hacer cumplir las resoluciones firmes de otros órganos jurisdiccionales de la jurisdicción común, o las que emerjan de un procedimiento administrativo, sino que son estos los que tienen que hacerlas cumplir, así como resolver los incidentes que se presenten en su ejecución…
- corresponderá que el agraviado interponga la acción de amparo constitucional contra la autoridad que emitió la resolución incumplida a objeto de que esta ejecute sus resoluciones a través de los mecanismos que el orden legal prevé
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto
- 2º