Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
III.4. Análisis del caso concreto
En el caso que motiva esta acción tutelar, el accionante denunció como vulnerados su derecho a la “seguridad jurídica” y la garantía del debido proceso, manifestando que la autoridad demandada, el Juez Primero de Sentencia emitió el Auto de apertura de juicio oral sin que el Auto que rechazó la excepción de extinción de la acción penal se halle ejecutoriado, sin tomar en cuenta que es apelable, impidiéndole el derecho de recurrir conforme previene el art. 403 del CPP.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Fragmento 4
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.
- III.4. Análisis del caso concreto
- sin interrumpir la investigación
- Fragmento 20
- III.5.
- concedido
- REVOCAR