SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega como vulnerado su derecho a la “seguridad jurídica” y la garantía del debido proceso, porque la autoridad recurrida pronunció el Auto de apertura de juicio oral sin que el auto que rechazó la excepción de extinción de la acción penal se halle ejecutoriado, suprimiendo sus derechos y garantías, habida cuenta que se rechazó el derecho que tiene todo litigante de apelar conforme a lo previsto en el art. 403 del CPP. Corresponde analizar el caso, a objeto de establecer si efectivamente fueron vulnerados los derechos alegados de lesionados.