SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1646/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
a)
El recurrente mediante su abogado ratificó los términos del recurso y ampliando señaló lo siguiente: a) Se llevó a cabo la audiencia de juicio oral el 12 de junio de 2006, por los delitos de estafa y estelionato, donde la defensa interpuso excepción de prescripción de la acción Penal, incidente que fue resuelto en la misma audiencia y rechazado; sin embargo el Auto que resuelve el incidente tiene fecha incorrecta de 8 de junio de 2006, lo correcto es que este fechado con 12 de junio de 2006; b) El 14 de junio de 2006 presentó recurso de apelación incidental antes de los tres días, pero los Vocales de la Sala Penal Segunda lo declararon inadmisible por extemporáneo con el argumento de que la apelación fue presentada fuera del término de ley, tomando en cuenta como fecha el 8 de junio de 2006, sin considerar que el mismo día de la audiencia de juicio oral fue notificado en la audiencia que se llevó a cabo el 12 de junio de 2006 y no así el 8 de junio de 2006, haciéndose conocer este error a los Vocales demandados, los mismos que mantuvieron firme el Auto de Vista, sin lugar a la explicación; c) Tampoco se ha podido presentar complementación y enmienda al acta, ya que la misma no estaba disponible por encontrarse el expediente con el Juez, así se constata en la nota que señala el memorial de apelación que dice, ingresa a despacho el 17 de junio de 2006 por encontrarse el cuaderno procesal a disposición del Juez en audiencia de juicio oral conforme hace constar el funcionario judicial, por lo que había desconocimiento del acta errada, para poder solicitar la corrección; y, d) El recurso de casación pendiente referido por la tercera interesada, nace a raíz de la apelación restringida y no tiene nada que ver con la presente apelación incidental.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. De los derechos presuntamente vulnerados
- Fragmento 18
- para el 12 de junio de 2006
- 12 de junio de 2006
- concedido
- APROBAR