SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1649/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. Por Resolución 240/2007 de 21 de agosto, el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, en cumplimiento a la SC 0522/2007-R, resolvió: i) Anular la Resolución 066/2006; ii) Declarar probado el recurso de apelación, interpuesto por el Fiscal de la Dirección Departamental de Responsabilidad Profesional; y iii) Sancionar a los recurrentes a la “situación de disponibilidad de la letra 'B' de un año con pérdida de antigüedad conforme establece el art. 20 inc. b) del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus sanciones de la Policía Nacional y art. 49, letra 'B', del Reglamento de Personal por la transgresión del art. 6to, inc. 'B' Num. 13 y 16 del tantas veces mencionado Reglamento” (sic.) (fs. 184 a 193).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa alegada por el Tribunal de garantías
- III.4. No es posible exigir el cumplimiento de una Sentencia Constitucional mediante la interposición de otra acción tutelar
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR