SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1649/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan la tutela de sus derechos, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, al debido proceso y del principio de legalidad, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades correcurridas, quienes en apelación emitieron una Resolución por la que revocando la Sentencia absolutoria emitida en primera instancia, les impuso arbitrariamente una sanción de “pase a la situación de disponibilidad de la letra 'B' con un año con pérdida de antigüedad”, por supuestas faltas previstas por el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, actuando como Tribunal de segunda instancia y en consecuencia valorando pruebas sin la existencia de inmediación y sin otorgarles la posibilidad de defenderse dentro de un proceso contradictorio, usurpando competencias que son atribuibles únicamente a la instancia inferior, además de carecer de una debida fundamentación porque no se refirieron a la cuestión previa de prescripción. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa alegada por el Tribunal de garantías
- III.4. No es posible exigir el cumplimiento de una Sentencia Constitucional mediante la interposición de otra acción tutelar
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR