SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1661/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. El 27 de noviembre de 2007, se llevó a cabo la nueva audiencia para considerar la recusación interpuesta contra la jueza técnica Tania Balderas Mostajo, quien presentó el correspondiente informe escrito. Ofrecida la prueba, los miembros del Tribunal Primero de Sentencia, votaron por la recusación, llegando a un empate al haber dos votos a favor y dos en contra de la recusación, por lo cual y con el argumento de no existir norma procesal penal que resuelva tal empate, se remitió el caso en consulta con todos los antecedentes a la Sala Penal del Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, quien a su vez, corrigiendo procedimiento, remitió la consulta a la Sala Plena de la misma Corte Superior (fs. 6 a 10).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- instrumento subsidiario
- III.3. En cuanto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Tratándose de tribunales colegiados
- esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones y, por lo mismo, se constituyan en agraviantes de los supuestos actos lesivos denunciados
- se presentó el 5 de marzo de 2008
- los antes mencionados en su momento integraron y conformaron parte del mencionado Tribunal
- dictó la S
- APROBAR