Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1667/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 17
Ante la negativa de la Dirección Distrital de Educación, la actual accionante mediante memorial de 18 de enero de 2008, denunció dicha ilegalidad ante el Director del Servicio Departamental de Educación; que bajo el principio de informalismo previsto en el art. 4.l) de la Ley de Procedimiento Administrativo, se colige recurso jerárquico, el mismo que en ningún momento fue respondido.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- Raúl Luís Mansilla Pereira
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la presunción de inocencia de toda persona
- 1.
- vulnera el principio de presunción de inocencia, pues ésta al desconocer con certeza las acusaciones en su contra, se ve imposibilitada de estructurar adecuadamente su defensa, expresar sus alegatos, presentar sus descargos y pruebas”.
- b)
- III.4. El debido proceso y su triple dimensión
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.5. En el caso en examen
- APROBAR