Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1667/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III.4. El debido proceso y su triple dimensión
Considerando los criterios de la doctrina, en su jurisprudencia previa este Tribunal ha señalado que el debido proceso consiste en "…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (…) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos" (SSCC 0418/2000-R, 1276/2001-R y 0119/2003-R, entre otras).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- Raúl Luís Mansilla Pereira
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la presunción de inocencia de toda persona
- 1.
- vulnera el principio de presunción de inocencia, pues ésta al desconocer con certeza las acusaciones en su contra, se ve imposibilitada de estructurar adecuadamente su defensa, expresar sus alegatos, presentar sus descargos y pruebas”.
- b)
- III.4. El debido proceso y su triple dimensión
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.5. En el caso en examen
- APROBAR