SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

i)

Ahora bien, de conformidad a la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia y del análisis a la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso impetrada por el accionante (fs. 95 a 100 vta.), y del mencionado Auto Supremo 476 de 27 de septiembre, se advierte que éste último se encuentra debidamente motivado y fundamentado al: i) Resolver todos los puntos reclamados en la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso con la necesaria argumentación jurídica; ii) Exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma; y, iii) El Auto Supremo contempla a su interior el análisis referido a los supuestos actos dilatorios que provocaron la demora o dilación.

Lo mencionado, desvirtúa lo denunciado por el antes recurrente y ahora accionante,  pues no es evidente ni se comprobó que el Auto Supremo impugnado no se encuentre dentro de los cánones fijados por la jurisprudencia constitucional, por el contrario existe la debida motivación, por lo que se advierte la inexistencia del acto ilegal denunciado y que supuestamente vulnera los derechos del accionante, por lo que no corresponde la tutela impetrada.