Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.9.
II.9. Por Auto Supremo 175 de 15 de mayo de 2006, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, se resolvió dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, determinando que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dicte nuevo fallo (fs. 65 a 71 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- i)
- REVOCAR