Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.18.
II.18. El 8 de agosto de 2007, el Ministerio Público solicitó a la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, celeridad en la Resolución de la causa y en virtud al Acuerdo de Sala Plena 11/06 se priorice el tratamiento y en el fondo se anule el Auto de Vista emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 139).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- i)
- REVOCAR