SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, sostiene que las autoridades demandadas, lesionaron sus derechos, a la "seguridad jurídica", a la defensa y al debido proceso, al no haber dado lugar a su solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, a través del Auto Supremo 476 de 27 de septiembre, el que carece de fundamentación legal, y señala como único argumento no haber puntualizado las partes del expediente en las cuales se encuentran los actos procesales que provocaron la demora y dilación del proceso, pese haberse realizado claramente una relación de los actuados procesales. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si los actos ilegales son evidentes y si ameritan conceder o denegar la tutela solicita.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- i)
- REVOCAR