SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1675/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 73/2008 de 19 de marzo, cursante de fs. 203 a 207, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y, en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada, disponiendo se mantenga firme y subsistente el Auto Supremo 476 de 27 de septiembre de 2007, dictado por los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- i)
- REVOCAR