SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1687/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1687/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

1)

El recurrente, actual accionante, denunció que las autoridades recurridas, ahora demandadas, vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica y a la petición, por cuanto: 1) El Presidente y Concejales del Concejo Municipal de Tarata no han dado una respuesta por escrito a la renuncia presentada por el recurrente al cargo de Alcalde Municipal del mencionado Municipio; 2) La sesión del 10 de enero de 2008 fue irregularmente convocada y que además de ello, se cambió ilegalmente el orden del día, vulnerando la Ley de Municipalidades y su propio Reglamento Interno, en la que lejos de tratar su renuncia se trató el tema de la reestructuración de la Directiva del Concejo Municipal; 3) A pesar de haber solicitado en numerosas ocasiones que se le diera una respuesta respecto a su renuncia, sólo ha recibido una carta en la que se justificaba las circunstancias en las que se llevó a cabo la sesión ordinaria de 10 de enero del 2008. Corresponde, en revisión, analizar los fundamentos del recurso y los hechos reclamados a fin de determinar si se otorga o no la tutela solicitada.