SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1687/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1687/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III.5.   Análisis del caso concreto

El recurrente aduce que presentó su renuncia al cargo de Alcalde Municipal, y solicitó además que pudiera volver al cargo, ante el Concejo Municipal de Tarata el 8 de enero de 2008, sin embargo los Concejales demandados, el 10 de enero de 2008,  se reunieron en Sesión Ordinaria, sin que ésta hubiera sido convocada por escrito y de forma pública como lo exige el art. 16.I de la LM, y además que por decisión de la mayoría de los integrantes del Concejo Municipal, se decidió cambiar el orden del día, omitiendo referirse a su solicitud, lo que está expresamente prohibido por su propio Reglamento Interno en su art. 78, por lo que solicitó en primer lugar que se le diera una respuesta por escrito respecto a su solicitud de renuncia al cargo de Alcalde Municipal, y por otro lado pide la nulidad de la Sesión Ordinaria del 10 de enero de 2008 porque no cumplió con los requisitos legales exigidos por la Ley de Municipalidades y su propio Reglamento Interno para su instalación y el cambio de la agenda a tratar dentro de la misma.