SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1687/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III.5.1. Respecto al derecho de petición
Del análisis de los antecedentes del expediente, se tiene que el 8 de enero de 2008 el accionante solicitó al Concejo Municipal de Tarata que aceptase su renuncia al cargo de la Alcaldía de ese Municipio y se le incorpore al Concejo Municipal como miembro del mismo, sin embargo, en la sesión del 10 de enero ese tema no fue tratado por el pleno del Concejo, decidiendo cambiar el orden del día y reestructurar la Directiva del mismo.
Posteriormente, en la Sesión Ordinaria del 15 de enero, su solicitud fue tratada, decidiendo por mayoría absoluta denegarle su petitorio en tanto el accionante no rindiera un informe de gestión frente a la sociedad civil, hecho que fue constantemente reclamado por el accionante en diversas oportunidades (mediante notas del 17 y 21 de enero del 2008) exigiendo que se le diera una respuesta formal y por escrito por parte del Concejo, aceptando o denegando lo pedido, sin embargo el Presidente del Concejo Municipal el 22 de enero del mismo año, mediante carta CITE: H.C.M.T. 03/08, se refirió tan solo a la legalidad de la convocatoria y el cambio de agenda, sin mencionar nada sobre la renuncia y la reincorporación solicitadas por el accionante.
Por lo previamente desarrollado, corresponde aplicar al caso concreto la jurisprudencia citada en el FJ III.4, debido a que el accionante demostró que efectivamente solicitó en varias ocasiones un respuesta a sus peticiones, pero las autoridades demandadas mantuvieron silencio, sin dar una respuesta escrita y sobre todo fundamentada a la que tiene derecho el peticionante.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto al derecho de petición
- III.5.2. Respecto a la solicitud de declarar la nulidad de la Sesión Ordinaria del 10 de enero de 2008
- APROBAR en parte