SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1710/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1710/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.10.

II.10. El Juez Onceavo de Partido en lo Civil y Comercial mediante Auto 674 de 2 de agosto de 2006, rechazó la solicitud de nulidad de obrados interpuesta por Claudia Verónica Salas Salces, toda vez que al haberse ordenado mediante Resolución de 8 de diciembre de 2005 la citación en forma personal a la incidentista no existe indefensión, pues que  la finalidad era hacerle conocer el señalamiento de la subasta y remate de los bienes que se encuentran anotados preventivamente, no teniendo además razón por cuanto los documentos de préstamo fueron suscritos por otras personas y los bienes dados en garantías tampoco son de su propiedad, teniendo simple y llanamente calidad de parte accesoria al no ser garante hipotecaria ni copropietaria de los bienes a subastarse (fs. 231 a 232). Siendo notificados con este Auto Claudia Verónica Salas Salces,  Ernesto Salas García y Sofía de la Merced Salces de Salas el 24 de agosto de 2006 (fs. 233 y vta.).