Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1710/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.11.
II.11.Ernesto Salas García y Sofía de la Merced Salces de Salas apelaron del Auto 674 (fs. 237 a 238 vta.). Contestando al mismo los representantes del Banco Ganadero S.A. a través del memorial de 3 de octubre de 2006, donde señalan la falta de legitimidad de los apelantes (fs. 241 a 244 vta.). Concediéndose el recurso de apelación en el efecto devolutivo por Auto 954 de 4 de octubre de 2006 (fs. 245).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Respecto a la fundamentación de las resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- siendo su deber como órgano jurisdiccional pronunciar sus decisiones de forma precisa, concreta y positiva, de acuerdo con las pretensiones de las partes, constituyendo la pertinencia de la resolución a lo apelado, lo que en la presente problemática no ha sucedido
- APROBAR