Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1763/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. Por fotocopia casi ilegible y de mala calidad, de la OM 48/2006, sin fecha de emisión, que cursa a fs. 21, el Concejo Municipal de Toco, “…Autoriza en forma provisional a la Asociación de taxistas “Remi 27 de Mayo Cliza”, con personería Jurídica una parada principal frente al Policlínico de la Comunidad de Anarancho, para realizar el servicio Anarancho, Cliza, Cochabamba y Viceversa” (sic).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.2.De la inmediatez en la acción de amparo constitucional
- seis meses
- APROBAR