SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1764/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 03/2008 de 11 de abril, cursante de fs. 138 a 140, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Viacha, provincia Ingavi del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Lino Condori Amaru, Alcalde Municipal de Tiwanaku, Tercera Sección Municipal de la provincia Ingavi del departamento de La Paz contra Laoreano Coronel Quispe, Eusebia Juchani, Eulogia Quispe Cabrera, Gloria Magdalena Callizaya Rodríguez y Mercedes Tonconi Poma, Concejales del mismo Gobierno Municipal, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” y a “ejercer el cargo”, citando al efecto los arts. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y persona recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la reconsideración de las resoluciones municipales
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
- APRUEBA