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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1767/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1767/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    II.2.

    II.2.  El 17 de marzo de 2008, el recurrente, solicitó al Fiscal de Distrito instruya a la Cooperativa Minera Veneros “Villa Imperial” Ltda., la certificación de su calidad de socio, de sus aportes realizados y la extensión de fotocopias legalizadas, de la documentación señalada en el petitorio (fs. 19).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional,
    • concederá o denegará
    • “accionante”
    • “denegar”
    • Fragmento 17
    • que en principio haya acudido ante la misma autoridad que incurrió en la presunta lesión y luego a las superiores a ésta, y si a pesar de ello persiste la lesión porque los medios o recursos utilizados resultaron ineficaces, recién se abre la posibilidad de acudir al amparo constitucional, el que no puede ser utilizado como un mecanismo alternativo o sustitutivo de protección, pues ello desnaturalizaría su esencia
    • REVOCAR

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