SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1769/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1769/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El Concejo Municipal de San Pedro de Tiquina, ante la observación efectuada a la gestión y administración del Alcalde Municipal, Nilton Gonzalo Quispe Nolasco, por la totalidad de sus miembros en ejercicio que expresaron la pérdida de confianza en dicha persona, se procedió con los trámites inherentes al voto constructivo de censura; cumplidas dichas formalidades, en la sesión del Concejo Municipal del 25 de abril de 2006 y aprobada la moción de censura, el recurrente fue propuesto como Alcalde sustituto, siendo designado como tal en el mismo acto, mediante Resolución Municipal 14/06, y habiendo ejercido dicho cargo con normalidad, cuando se enteró acerca del comentario sobre su renuncia, a través de una carta del 30 de enero de 2008, extremo que no fue evidente, por lo que inmediatamente, el recurrente emitió la nota GM-SPT 026/08 de 7 del febrero del 2008, desmintiendo dichos rumores.

El recurrente, solicitó al Concejo Municipal de San Pedro de Tiquina que se le haga entrega de una fotocopia legalizada de la supuesta carta de renuncia, mediante una orden judicial, negándose el Concejo Municipal a entregar la documentación solicitada, por considerar que el Juez que emitió la orden judicial debería declinar jurisdicción y competencia al Juez de la localidad de Copacabana.

Finalmente señala, que el Concejo Municipal, en una sesión que desconoce el recurrente, había sometido en consideración la supuesta renuncia al cargo de Alcalde, siendo aprobada la misma y aceptada mediante Resolución 005/08 de 10 de febrero; y posteriormente, en sesión ordinaria de 12 de febrero de 2008, se procedió a la designación del nuevo Alcalde Municipal, mediante Resolución 006/08, hechos que le fueron comunicados al recurrente mediante nota GM-SPT 001/08 de 13 de febrero de 2008, misma que se encuentra suscrita por el supuesto Alcalde de dicho Municipio.