SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

La recurrente por intermedio de su abogado ratificó en su integridad el memorial del recurso reiterando los fundamentos expresados y puntualizando los siguientes aspectos: a) El recurrido sin respetar su compromiso ante la Dirección del Trabajo, se negó hacerla ingresar al trabajo pese a que todavía faltaban dos meses y medio para el nacimiento del niño, esa actitud indolente del recurrido ha violado derechos fundamentales de la Constitución Pólitica del Estado; toda vez que el art. 193 del citado cuerpo legal establece que, el matrimonio, la familia y la maternidad están protegidas por el Estado. Asimismo, se desprende de este precepto señalado, la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, que establece, toda mujer, en periodo de gestación hasta un año de nacimiento del niño, gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo; norma que protege los derechos del nuevo ser en gestación; b) Al margen del retiro injustificado, el recurrido ha incumplido con la obligación patronal de asegurarla en la CNS y beneficiarla con el seguro a corto plazo, como el seguro de la maternidad, establecidos por los arts. 27 y 31 del Decreto Ley 13214 de 24 de diciembre de 1975, por lo que tenía todos los derechos a recibir los servicios médicos, otorgándole una incapacidad temporal, equivalente al 90% del salario mensual; ante el incumplimiento de estas leyes sociales por parte del patrón, su hija no está percibiendo, los beneficios previstos por la Ley 30/06 de 23 de enero de 2006, que corresponde tener presente el Reglamento de Asignaciones Familiares, que establece la inamovilidad de toda mujer embarazada.