SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.1.

II.1.  Como emergencia de un contrato verbal entre la ahora recurrente Jiovana Neiza Altamirano Cadima y René Flores Chinche, el 1 de octubre de 2006, ésta ingreso a trabajar en el “Flores Plaza Hotel S.R.L.” en calidad de camarera y por el Memorandum s/n y sin fecha, suscrito por René Flores Chinche, se le comunicó a la recurrente que, por determinación de “su gerencia” le otorga vacación correspondiente a la gestión 01 de septiembre 2006 - 2007, a partir del 14 de enero hasta el 30 del mismo mes y año (fs. 2).