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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1787/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1787/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    II.3.

    II.3.  En mérito a la solicitud de la parte querellante de que se revoque las medidas sustitutivas, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Resolución 03/2008 de 10 de enero, confirmó en parte la determinación antedicha, disminuyendo la fianza económica de Bs5000.- a Bs4000.-, se presente ante el Juzgado de Copacabana y no ante la Fiscalía y se dejó sin efecto la obligación de presentar dos garantes (fs. 7 a 8 vta.).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • concedió en parte
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3.
    • Fragmento 19
    • y de no agotarse todos los medios procesales para el resguardo de los mismos en sede jurisdiccional ordinaria, se tendrían justicias con roles paralelos equivocando así el verdadero sentido de la justicia constitucional y ocasionándose incoherencias jurídicas que afecten los cimientos propios
    • REVOCAR

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