Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1787/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, considera lesionado su derecho a la "seguridad jurídica" y a los principios de celeridad, de probidad y jerarquía, alegando que el Juez recurrido, hoy demandado, incumplió con lo dispuesto por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, al otorgar a la imputada el plazo de diez días para oblar la fianza señalada. Consiguientemente, corresponde analizar si corresponde o no ingresar al análisis del asunto y en su caso otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- Fragmento 19
- y de no agotarse todos los medios procesales para el resguardo de los mismos en sede jurisdiccional ordinaria, se tendrían justicias con roles paralelos equivocando así el verdadero sentido de la justicia constitucional y ocasionándose incoherencias jurídicas que afecten los cimientos propios
- REVOCAR