SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1787/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 05/2008 de 21 de mayo, cursante de fs. 20 a 21, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Copacabana, provincia Manco Kápac, del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Marcos Vivian Gutiérrez Quevedo contra Emiliano Santa Cruz Torrez, Juez de Instrucción en lo Penal y cautelar de Copacabana, provincia Manco Kápac del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de su derecho a la "seguridad jurídica" y los principios de celeridad, probidad y jerarquía, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 19.I de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); y, 1 numerales 5, 13 y 14 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- Fragmento 19
- y de no agotarse todos los medios procesales para el resguardo de los mismos en sede jurisdiccional ordinaria, se tendrían justicias con roles paralelos equivocando así el verdadero sentido de la justicia constitucional y ocasionándose incoherencias jurídicas que afecten los cimientos propios
- REVOCAR