SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. Certificaciones expedidas por Juan Canaza y Joaquín Mamani que señalan que se llevó a cabo la sesión 011/08 de 29 de abril en el cantón Chuacollo Grande (fs. 82 y 83); convocatoria a sesión ordinaria 011/2008 para el día 29 de abril que se llevará a cabo en el cantón Chuacollo Grande con el orden del día propuesto donde consta la firma de seis Concejales que fueron notificados (fs. 97 y 98); Resoluciones Municipales 43/2008 y 45/2008, ambas de 29 de abril, por las que se aceptó la renuncia del Alcalde y se designó al nuevo Alcalde del municipio de Sica Sica, respectivamente. (99 y 100); mediante Resolución Municipal 019/2008 se designó la directiva del Concejo Municipal de Sica Sica gestión 2008 (fs. 114); dictamen grafotécnico realizado por la dubitación en las firmas en la carta de renuncia (fs. 119 a 130); instructivo 003/08, emitido por la Federación Sindical Única de Trabajadores Agrarios (fs. 139).
- recurso, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- ii)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2.
- III.3. La reconsideración y su alcance en el área municipal
- III.4. El caso en análisis
- III.5. Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- REVOCAR