SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.4.

II.4.    El 12 de mayo de 2008, los representantes del Banco Unión S.A. respondieron a la nota recibida por el hoy recurrente, señalando que el 7 de ese mes y año recibieron una solicitud de habilitación de firmas del Alcalde de Sica Sica, Silvano Morales Alberto, acompañando las Resoluciones Municipales 043/2008 y 045/2008, por lo que esa entidad bancaria retiró provisionalmente las firmas autorizadas, hasta que el Ministerio de Hacienda confirme o revoque esa medida (fs. 53), y el 20 de ese mes y año el Banco Unión S.A. remitió al hoy recurrente fotocopias legalizadas de ambas Resoluciones Municipales (fs. 25); luego, el 27 del mismo mes de mayo se interpuso el recurso de amparo que se analiza (fs. 54 a 60 vta.).